Abrir publicación

Miembro de comunidad aborigen sobre el proyecto de reforma de la Constitución: “no permitiremos que nuestros derechos se sigan avasallando”

A propósito del debate originado por la presentación del proyecto para reformar parcialmente la Constitución provincial, Fernando Lamas, integrante de la comunidad aborigen de Abra Pampa, en declaraciones a UnjuRadio se manifestó en contra de la iniciativa anunciada por el Gobernador Gerardo Morales.

Al respecto Lamas expresó que desde su comunidad repudian y rechazan este proyecto porque consideran que no fueron consultados según lo establece el convenio 169 de la OIT que garantiza el derecho a una consulta libre, previa e informada

“No permitiremos que nuestros derechos se sigan avasallando” sobre todo “en este punto tan crítico como lo es la reforma de la constitución que va en contra de nuestros derechos y nuestras garantías, que no sólo está expresado en el convenio 169 de la OIT sino también en nuestra Constitución  Nacional, nuestro código penal y en las leyes que tenemos vigentes” afirmó.

Al respecto consideró que hay puntos del proyecto que van en contra de sus garantías y libertades. “Para hacer tales reformas nos tienen que consultar porque nosotros también somos parte de esta sociedad y somos una parte importante aunque no lo quieran ver” enfatizó.

Así mismo precisó que entre los puntos de la forma se pretende eliminar la Secretaría de Colonización. “¿Será que no nos quieren entregar los títulos de las tierras, las escrituras?” cuestionó.

(Fernando Lamas)

En este sentido Lamas indicó que hicieron una presentación, en la legislatura y en la casa de gobierno, rechazando el proyecto de reforma de la constitución provincial.

Entre las comunidades que se hicieron presentes para expresar su disconformidad con el proyecto están las comunidades aborígenes del Perchel, de Lumara, comunidad de Arbolito, los ciudadanos de Abra Pampa y la comunidad de Quebraleña.

 

Abrir publicación

Licenciada Eva Cruz: “hoy no sería una prioridad la reforma de la Constitución”

En el marco del debate que se originó por el proyecto de necesidad de reforma parcial de la constitución provincial presentado por el Poder Ejecutivo en la Legislatura, la licenciada en Ciencias Políticas, Eva Cruz, en diálogo con UnjuRadio, se refirió a las etapas que se deben cumplir para realizar una reforma de la carta magna provincial y dio su opinión al respecto.

En este sentido expresó que “tratando de analizar la cuestión de la reforma constitucional podemos decir que todo proceso de reforma debe ceñirse a los procedimientos de la constitución vigente, y este llamado tiene especial atención en que la legislatura de Jujuy debe aprobar la necesidad del llamado a reforma”.

Así mismo, explicó que los procesos de reforma tienen dos etapas. Una es la etapa de la iniciativa, y otra es la etapa de la revisión.

En la etapa iniciativa se busca la declaración de la necesidad de reforma parcial de la constitución y, en este punto, es la legislatura la que debe expresarse.

En esta etapa surgen dos cuestionamientos. Por un lado si es oportuna la reforma y, por otro, si es necesaria. “Cabe aclarar que todos los procesos de reforma constitucional han sido diferentes” precisó Cruz.

Al respecto añadió que “este proceso también nos lleva a preguntarnos dónde va a funcionar esta reforma constitucional, de qué manera y cómo”.

Además mencionó que “la opinión política que se conformará sobre la necesidad de la reforma parcial o no, y de que se llegue a la sanción o no va a tener que ver con la información que se difunda en esta etapa de revisión”.

“Es aquí donde es necesario sostener el proceso de legitimidad y el proceso de coherencia en la construcción de los consensos políticos” puntualizó.

La licenciada en Ciencias Políticas estimó que “sí es necesaria la reforma parcial de la constitución” y en referencia a si es el momento adecuado o no, Cruz sostuvo que “si bien en el plano económico, social y político hoy pareciera haber otras prioridades, hoy son los actores políticos los que determinan si se llega o no a la reforma parcial de la constitución provincial”.

Abrir publicación

El proyecto que propone la reforma parcial de la Constitución Provincial ingresó hoy a la Legislatura

En la novena Sesión Ordinaria de la Legislatura Provincial que tuvo lugar este jueves y que fue presidida por el vicepresidente segundo Pedro Belizán, tomó estado parlamentario el proyecto de ley de declaración de la necesidad de la reforma de la Constitución Provincial.

El proyecto impulsado desde el Poder Ejecutivo prevé reformas en las limitaciones a los mandatos políticos, el orden democrático, la paz social, la educación para el trabajo, el cambio climático, la igualdad de género, los derechos para la juventud y las transformaciones científicas y tecnológicas.

En la oportunidad, el proyecto de ley de declaración de la necesidad de la reforma de la Constitución Provincial fue girado para su tratamiento a la Comisión de Asuntos Institucionales, que preside el diputado Ramiro Tizón.

Por otra parte, durante la novena Sesión Ordinaria, la legislatura aprobó la adhesión a la Ley Nacional Nº 27.580 que trata sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el trabajo.

También se aprobó la Ley Nº 6.301 de aplicación del nuevo Código Procesal Penal.

El autor de la Ley Nº 6.301, diputado Luis Cabana, sostuvo que la normativa proporcionará un marco claro para la adopción de medidas.

Así mismo, brinda la posibilidad de forjar un futuro del trabajo sobre la base de la dignidad y el respeto, exento de violencia y acoso.

Abrir publicación

El Senado de la Nación aprobó la reforma del Consejo de la Magistratura y ahora debera tratarse en la Cámara baja

El Senado de la Nación aprobó este jueves por 37 votos contra 33, y giró a la Cámara de Diputados el proyecto de ley del Poder Ejecutivo que reforma la composición y el funcionamiento del Consejo de la Magistratura, consensuado entre el oficialismo y bloques provinciales para dotar de mayor federalismo al organismo encargado de la selección de jueces.

En la votación, el interbloque opositor de Juntos por el Cambio (JxC) manifestó su rechazo a la propuesta del Gobierno de Alberto Fernández, en desacuerdo con la decisión de no incluir a la Corte Suprema de Justicia en la representación del Consejo.

La Cámara de Diputados será ahora la encargada de convertir en ley la iniciativa, que eleva de 13 a 17 el número de integrantes del Consejo y crea cuatro regiones federales en el seno del organismo que sesionarán en el interior del país periódicamente con la meta de dotarlo de mayor federalismo.

El Consejo vuelve a ampliarse entonces, después de que en diciembre del año pasado la Corte Suprema nacional declaró la inconstitucionalidad de la conformación de 13 miembros que se dispuso en 2006.

El máximo tribunal otorgó al Congreso un plazo de 120 días para sancionar una ley que establezca una nueva estructura del organismo encargado de proponer magistrados para que los designe el Presidente de la Nación, administrar el Poder Judicial, controlar la actividad de los jueces y eventualmente sancionarlos y enviarlos a juicio político.

El proyecto fue enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso a principios de diciembre último, anticipándose al fallo de la Corte que derogó la Ley del Consejo de la Magistratura vigente desde 2006 y estableció un plazo máximo para adecuar la legislación que vence el 15 de abril.

Puntos principales de la iniciativa

• El Consejo de la Magistratura estará integrado por 17 miembros: cuatro jueces; seis legisladores nacionales (tres por cada Cámara: dos por la mayoría y uno por la minoría); cuatro representantes de los abogados; un representante del Poder Ejecutivo; y dos de los ámbitos académicos. En cada estamento se respetará la proporcionalidad de género.

• Para la elección de consejeros de la magistratura representantes de los jueces y de los abogados las listas deberán conformarse con un integrante de cada región y su respectivo suplente. Al efecto se establecen las siguientes regiones federales: AMBA, Norte, Centro y Sur.

• El Consejo se reunirá en sesiones plenarias ordinarias y públicas, con la regularidad que establezca su reglamento interno o cuando decida convocarlo su presidente o presidenta, el vicepresidente o la vicepresidenta en ausencia del presidente o presidenta o a petición de nueve de sus miembros.

• El Consejo se dividirá en cinco comisiones: De Selección de Magistrados o Magistradas y Escuela Judicial; De Administración y Financiera; De Reglamentación; y de Asuntos federales, integrada exclusivamente por Senadores de la Nación.

• Los miembros del Consejo de la Magistratura prestarán juramento de desempeñar debidamente el cargo ante el presidente o la presidenta de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Por cada miembro titular se elegirá un suplente por igual procedimiento para reemplazo en caso de renuncia, remoción o fallecimiento. Cuando se utilice el sistema D’Hont, con el reemplazo deberá cumplirse con la cantidad mínima de mujeres que establece esta ley en cada caso.

• Se modifica el artículo 3, manteniendo la duración del mandato en 4 años. En la redacción anterior se disponía que son reelegibles con intervalo de un período, y ahora se establece que serán reelegibles por una sola vez en forma consecutiva.

• Se modifica el art. 4 y se establecen como requisitos para ser miembro y cumplir las condiciones exigidas para ser senador o senadora de la Nación.

• Sus integrantes no podrán registrar condenas penales por delitos dolosos dictadas en los últimos 20 años, ni haber desempeñado cargo o función pública jerárquica durante la última dictadura cívico-militar, ni verificar condiciones éticas opuestas al respeto por los derechos humanos. En el caso de los abogados o las abogadas, se requerirá tener matrícula activa en algún colegio profesional, salvo que estuviera exceptuado por su jurisdicción.

• También se establece que no es necesario ser abogado para integrar el Consejo de la Magistratura.

•Se reforma el art. 9º relativo al quórum y decisiones, bajando de 10 a 9 miembros para obtener quórum para sesionar.

• Se modifica el art. 12 relativo a las comisiones, sus reuniones y autoridades. Se modifica la manera en que estarán integradas y se asegura la paridad de género.

• Se reforma el art. 22 relativo a la integración del Jurado de Enjuiciamiento para asegurar la paridad de género. Se mantiene la composición de 2 jueces de Cámara. En vez de 4 legisladores (2 por cada Cámara) se requerirán ahora 3 senadores y, en vez de 1 abogado, 2.

• Se sustituye el art. 24 que trata sobre la remoción de los miembros del Jurado de Enjuiciamiento. Se elimina un párrafo que disponía “Por igual mayoría podrá recomendar la remoción de los representantes del Congreso, a cada una de las Cámaras, según corresponda. En ninguno de estos procedimientos, el acusado podrá votar”.

• Se establece como cláusula transitoria que la integración del Consejo de la Magistratura y sus comisiones y del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados prevista en esta ley se hará efectiva cuando concluyan los mandatos de los actuales consejeros y consejeras.

Abrir publicación

Proyecto de Ley de reforma del monotributo: Diputados la aprobó y la giró al Senado

La Cámara de Diputados aprobó por una amplia mayoría y giró al Senado el proyecto de ley que crea un Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes, que permitirá que los monotributistas no deban afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.

La normativa fue sancionada por 233 votos que fueron aportados por el Frente de Todos, Juntos por el Cambio, los interbloques Federal y Unidad Federal para el Desarrollo, Acción Federal y Movimiento Popular Neuquino, mientras que los dos legisladores de la izquierda se abstuvieron.

La iniciativa impulsada por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, elimina el retroactivo con lo cual los monotributistas no deberán afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.

La medida alcanza a un total de de 4.080.151 contribuyentes; de los cuales 1.592.466 (39%) se encuentran en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), y 2.487.685 (61%) en el resto del país.

Con este proyecto se busca disiparar el fuerte malestar que se había desatado entre los monotributistas por la intención del AFIP de cobrar, de manera retroactiva, las deudas producidas por los aumentos de la cuotas del tributo en los últimos seis meses.

Al abrir el debate, el presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, Carlos Heller, señaló que ambos proyectos tienen beneficios para la ciudadanía, y al respecto expresó: “Todo lo que hemos hecho en esta modificación de la llamada Ley de Monotributo, está basado en ese criterio”.

“Hemos dispuesto el sostenimiento de los valores de las cuotas que se pagan hasta junio, a los que había hasta diciembre del 20”, agregó.

Destacó que “es un proyecto que busca aliviar la situación de 4 millones de monotributistas que tenían preocupación y angustia, para los que tenían deudas”.

La reforma de la ley del Monotributo establece, además, un incremento de las escalas de facturación de las categorías; la más bajas podrán duplicar los montos de facturación. Otro punto central es que aquellos que se excedieron de la facturación prevista en su categoría podrán permanecer en el régimen siempre que no superen la facturación de $5,55 millones anuales y un patrimonio de hasta $6,5 millones.

Asimismo, se contempla un plan de pagos para regularizar la deuda de los monotributistas, con un máximo de 60 cuotas, un interés de financiación no superior a 1,5% mensual, para deudas que se venían pagando en planes vigentes y caducos, y para contribuyentes que no ingresen al Alivio Fiscal Monotributo, entre otras cuestiones.

fuente: télam

Abrir publicación

La Cámara de Diputados aprobó la reforma de ley de impuestos a las Ganancias

Durante la mañana de este domingo 28, se sesionó el proyecto de ley de reforma que exime de pagar impuestos a las Ganancias a trabajadores que cobran hasta $ 150.000 brutos y jubilados hasta ocho haberes. La misma, fue aprobada con 241 votos, aportados por el Frente de Todos, Juntos por el Cambio, los interbloques Federal y Unidad para el Desarrollo, Acción Federal, Frente de Izquierda y el Movimiento Popular Neuquino. No obstante, hubo abstención de tres diputados de Juntos por el Cambio.

Según los números informados por el oficialismo, la reforma de Ganancias beneficiará a alrededor de 1.267.000 personas, entre trabajadores y jubilados, con lo cual quedarán exentos del pago de este tributo el 93% de los trabajadores.

Particularmente se decidió que la reforma también alcance a las rentas vitalicias de los expresidentes y vicepresidentes. Asimismo, el presidente de la comisión de Presupuesto, Carlos Heller, anunció que se excluirá del pago de impuestos a las Ganancias a los bonos productivos hasta un monto equivalente del 40% de la ganancia no imponible.

Además, se estableció que los suplementos que reciben las Fuerzas Armadas como título o plus por zona desfavorable o desarraigo, no pagarán el tributo como así también, las horas extras que realizan los recolectores, como había solicitado el diputado y sindicalista Facundo Moyano.

Otro punto que se agregó es que quedarán excluidas del pago de impuesto, las herramientas educativas para los hijos del trabajador.

El despacho contempló, además, excluir del cálculo del impuesto el pago del aguinaldo, cuando se trate de salarios de hasta $150.000 brutos, de ocho haberes jubilatorios mínimos y la deducción por concubino.

También se sumó una deducción por gastos de guardería hasta los tres años, con un monto anual de hasta $67.400, y por elementos de trabajo o capacitación.

Otros puntos centrales que contempla la ley son: el personal de salud seguirá eximido hasta septiembre de pagar el gravamen por las guardias u horas extras.

Se duplica la exención por hija o hijo discapacitado, que en la actualidad es de $ 78.833, y se eliminó el tope de edad. También, se permitirá la deducción por concubino, cualquiera fuera su sexo.

El proyecto de ley de reforma, también establece la provisión de ropa, equipamiento del trabajador para uso exclusivo de sus funciones o el otorgamiento de un pago por capacitación, por lo no pagará el impuesto a las Ganancias. Asimismo, se mantiene el incremento del 22% del plus patagónico en el gravamen para los trabajadores de la región.

Por su parte, los trabajadores que cobren entre $ 150.000 y $ 173.000 pagarán Ganancias, pero la AFIP establecerá las deducciones a fin de evitar grandes diferencias entre quienes deben tributar y los que están exentos.

Otro punto central que contempla la ley, es que la actualización del piso para estar exento de Ganancias se ajustará por el Ripte (promedio de variación salarial, que elabora la de Secretaría de Seguridad Social).

Por último, cabe agregar que la  ley tendrá vigencia al 1° de enero y el Gobierno devolverá los descuentos realizados en los primeros meses del año.

Fuente: Agencia Nacional de Noticias TELAM

Abrir publicación

Cámara de Diputados: Arrancó la sesión especial para tratar la reforma del impuesto a las ganancias

Hace unos minutos comenzó la sesión especial en la Honorable Cámara de Diputados para tratar distintos proyectos, pero sin duda el más importante es el de la reforma del impuesto a las ganancias que beneficiaria a más de un millón de trabajadores y jubilados en el país. Quedarán exentos del pago del tributo aquellas personas que cobren hasta 150.000 pesos brutos por mes.

La sesión especial fue convocada por el presidente del bloque de diputados del Frente de Todos, Máximo Kirchner. Se estima que luego de un maratónico tratamiento el proyecto será aprobado por mayoría en las últimas horas del sábado o en la madrugada del domingo.

La decisión fue adoptada en una reunión que mantuvieron el presidente del bloque del oficialismo, Máximo Kirchner, la vicepresidenta Cecilia Moreau, la secretaria parlamentaria, Cristina Álvarez Rodríguez, y el titular de la Comisión de Presupuesto, Carlos Heller, informaron fuentes del oficialismo.

El proyecto de reforma del impuesto a las ganancias aumenta la deducción especial a partir del cual se calcula el impuesto a las Ganancias, con el fin de que no paguen ese gravamen los trabajadores que cobren hasta 150.000 pesos brutos. Esta medida beneficiará a 1.267.000 personas, entre trabajadores y jubilados, con lo cual quedarán exentos el 93% de los asalariados.

Detalles de la sesión:

La sesión especial se realizará bajo una modalidad mixta a partir de un acuerdo de Protocolo de Funcionamiento, en el que se prevé una actividad presencial en el recinto, con excepción de los grupos de riesgo, que lo podrán hacer de manera remota, y la votación se realizará a través del sistema VPN.
El primer tramo de la deliberación de la sesión se realiza un sentido homenaje a las victimas del golpe militar de 1976. Posteriormente la sesión comenzará con el debate de los proyectos sobre educación ambiental y sobre una actualización de la ley de doping en el deporte.

Luego se abordará el principal tema del debate que será el dictamen de la comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Legislación del Trabajo que reforma el artículo 30 para aumentar la deducción especial a partir del cual se calcula el impuesto a las Ganancias, con el fin de que no paguen ese gravamen los trabajadores que cobren hasta 150 mil pesos brutos.

Abrir publicación

Se presentó ante el Senado el proyecto de “Ley de Organización y Competencia de la Justicia Federal”

Marcos Espinassi, abogado especialista en Derecho  Penal y Constitucional,se refirió al  proyecto de Reforma de la Justicia Federal llamado Ley de Organización y Competencia de la Justicia Federal, que propone el PEN y que se presentó en el día de ayer, miércoles 29,  ante Cámara de Senadores de la Nación.

Espinassi comentó que esta Reforma tiene una “lectura política, imposible de separar de la lectura jurídica”. El proyecto tiene dos ámbitos de análisis, uno es el de la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el otro es lo que ocurre en las provincias, ya que este proyecto tiene previstos “cambios sustanciales”.

Seguir leyendo

Navegación de entradas

1 2
Volver arriba