El martes pasado la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dispuso, a través de la Resolución 267/2024 publicada en el Boletín Oficial, que las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio. Seguir leyendo
