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Las claves de la Ley de Teletrabajo

Miguel Fiad, Abogado Laboralista y asesor sindical, integrante de la Asociación de Abogados Laboralistas en diálogo con UnjuRadio brindó algunos detalles sobre la ley de Teletrabajo.

La ley 27.555 fue aprobada en julio de 2020 y tiene como objetivo ordenar esta forma de trabajo que creció exponencialmente durante la pandemia. En este contexto el poder ejecutivo nacional dictó un decreto que viene a reglamentar dicha actividad.

Sobre el tema, Miguel Fiad precisó que la misma entraba en vigencia a los 90 días de la finalización de lo que se llama el ASPO (aislamiento social, preventivo y obligatorio) que termino legalmente el 8 de noviembre del 2020 y por lo tanto debería aplicarse a partir del 8 de febrero del corriente año. Agregó que según la información que maneja junto con la Asociación de Abogados Laboralistas “deberíamos estar esperando esta semana una resolución por parte del Ministerio de Trabajo respecto a la fecha de inicio de aplicabilidad de la ley que puede ser posterior al mes de marzo o abril. Además indicó que la ley no solo viene a reglamentar a personas de riesgo si no también a todo tipo de personas que desarrollen su tarea en un ámbito distinto al del ámbito laboral.

En referencia a los aspectos fundaméntales de la normativa, el abogado subrayó ”esta ley establece presupuestos legales mínimos para la regulación de esta nueva modalidad lo que hace es prever la prestación de servicio total o parcialmente ya sea en el domicilio o en lugares distinto al establecimiento”.

A partir de esta posibilidad de que el trabajador preste su servicio en lugares distintos al establecimiento surge la necesidad de regular como se va a desarrollar este trabajo, los temas modulares como opción voluntaria, horarios, derecho a la desconexión digital, tareas de cuidado y equipamiento.

Asimismo comentó que si bien debería ser una decisión voluntaria del trabajador de realizar su tarea en modo remoto, también debería ser legalmente una decisión del trabajador la reversibilidad. El decreto reglamentario mantiene la facultad de volver para atrás con ese consentimiento pero exige una motivación razonable o sobreviniente.

Uno de los puntos conflictivos de la normativa, es el derecho de “reversibilidad” previsto en el articulo 8, “la ley no establecía ningún requisito salvo la voluntad del trabajador de volver a su situación anterior “, por ese motivo Fiad detalló “si estamos hablando de un motivo razonable tiene que ser un motivo que no existía”.

En cuanto al derecho a la desconexión, puntualizó que “la ley lo que hizo es limitar la jornada y establecer la desconexión digital fuera de la jornada laboral .Este derecho también se ve limitado porque ha establecido la facultad del empleador a remitir comunicaciones fuera de la jornada laboral “agrego.

Por otra parte. Miguel Fiad señaló que el empleador tiene la obligación de proporcionar los elementos de trabajo necesarios al trabajador como el software, hardware, instalación, mantenimiento y reparación. Así también la ley otorga el derecho a la compensación de gastos de conectividad que pueda tener como aumento de megas.

Finalmente, remarcó que la ley de Teletrabajo (27.555) viene a reformar un artículo dentro de la ley 24.744 Ley de contrato de trabajo y que esta incorpora el artículo 102 bis. Y la primera discusión jurídica que se va a tener es que la ley de contrato de trabajo excluye al empleo público de la misma es decir que no se aplica al estado nacional como por ejemplo de la Universidad.

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Denuncia de trabajadores por la falta de cumplimiento de los protocolos en Exar

Edgardo Cardozo, miembro de la agrupación obrera 22 de abril, habló con Unju radio sobre las irregularidades que se produjeron en la empresa minera Exar.

Cardozo comentó que como agrupación exigieron que se cumpla el protocolo mucho antes de que desate la cadena de contagio de COVID-19 en la mina, además declaró que la empresa Exar solo les hacía firmar una declaración jurada y no les realizaba el hisopado.

“Firmábamos una declaración jurada, nos tomaban la temperatura y nos preguntando si habíamos tenido contacto con algún policía sabiendo que en Jujuy habían casos positivos, Exar no hizo lo necesario para revisar a su personal”.

Cardozo contó que se encontraba en Olaroz chico junto con otros compañeros realizando un gasoducto para la mina Exar pero no contaban con los elementos necesarios para trabajar bajo las condiciones climáticas.

“Nosotros hicimos el reclamo porque nos faltaba el térmico que realmente se lo tiene que dar a la gente porque allá hace mucho frió, a lo que la empresa les respondió que habían realizado un arreglo con el gremio de la OUCRA y con la empresa Exar y que no nos podía dar el térmico”.

Ante esta negativa Cardozo y sus compañeros le solicitaron al gremio una nota dirigida a la empresa Conta y Exar, ese mismo día el gremio les comunico que la nota había sido enviada y que podían realizar un paro.

“Hicimos un paro de obra de dos horas, luego nos informaron que la nota no fue presentada a la empresa Conta, a todo esto no quisimos levantar el paro hasta hablar con alguien de Exar, finalmente llegamos a un arreglo con Javier Prado”.

Sin embargo a la mañana siguiente recibieron una llamada del dueño de la empresa amenazándolos que no podían ingresar al campamento porque eran personas no deseables en la empresa.

Ante esta situación Cardozo y su compañeros realizaron un reclamo al gremio solicitando una respuesta urgente, por lo que Exar intervino para que puedan entrar al campamento, la mañana siguiente se presentó la policía de Susques solicitando su retirada del campamento.

“El gremio de la OUCRA se olvidó de nosotros, bajamos e hicimos las denuncias pertinentes, el gremio hasta ahora no hizo nada, si el gremio hubiese actuado como debía esto no hubiera pasado, nosotros vimos como salteños subían sin hacerse el hisopado”

Actualmente la relación entre los trabajadores y la empresa es casi nulo , “el arreglo que hizo la UOCRA con las empresas de pagar el 75% de mes de mayo solo nos dieron $10000, de los muchachos que bajaron no saben nada, la empresa no se comunica con ellos, cuando subieron a trabajar subieron con revisación medica, pasaron un examen físico, ahora tenemos la mala noticia de que hay 190 compañeros que están enfermos”.

Por último solicitó que el gremio de la UOCRA y el COE trabajen de manera conjunta para hacer cumplir los protocolos correspondientes en todas las empresas de Jujuy para asegurar la salud de los trabajadores y evitar la masividad de contagios.

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